Reforma del reglamento de extranjería que afecta a los familiares de españoles
Reforma del reglamento de extranjería que afecta a los familiares de españoles
La próxima Reforma del Reglamento de Extranjería incluirá disposiciones específicas para los familiares de ciudadanos españoles. Según lo confirmado por el director de la Dirección General de Migraciones, se establecerá una regulación clara para los familiares directos y extendidos de españoles. Esto se considera necesario dado que España es el único país que aún no tiene una regulación adecuada para esta categoría de familiares.
Familiares españoles de ciudadanos extranjeros
Actualmente, la situación administrativa de los familiares de españoles se rige por dos normativas principales: el Reglamento de Extranjería y el Real Decreto 240/2007.
Si te encuentras en España y eres alguno de los siguientes familiares:
- Cónyuge o pareja de hecho reconocida de un ciudadano español.
- Ascendientes mayores de 65 años o menores de dicha edad que dependan económicamente del ciudadano español o de su cónyuge o pareja de hecho.
- Descendientes menores de 21 años o mayores que dependan económicamente del ciudadano español o de su cónyuge o pareja de hecho.
Puedes solicitar el Arraigo Familiar, una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales regulada en el Reglamento de Extranjería.
Si eres uno de los familiares mencionados y has venido a España para acompañar a un ciudadano español ejerciendo el derecho de libre circulación, ya sea a través de un visado de reagrupación familiar comunitaria o al entrar como tal, también puedes solicitar una Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario. Esta tarjeta tiene una duración de cinco años, pero los requisitos para obtenerla son ligeramente diferentes.
Tarjeta de familiar extensa
En cuanto a la familia extensa, se refiere a aquellos parientes que están un poco más alejados de la unidad familiar principal, como sobrinos, hermanos o abuelos, pero que aún así forman parte del entorno familiar del ciudadano español.
Según lo establecido en el Real Decreto 240/2007, estos familiares pueden obtener una Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario si cumplen con ciertos requisitos.
Estos requisitos incluyen demostrar que están a cargo del ciudadano español o que viven con él en su país de origen, o bien, que debido a circunstancias graves de salud o discapacidad, es estrictamente necesario que el ciudadano español se haga cargo de su cuidado personal. Además, la pareja de hecho que mantenga una relación estable y probada también puede optar por esta tarjeta.
Reforma del reglamento de extranjería y familiares de españoles.
Con la próxima reforma del Reglamento de Extranjería que se espera para este año 2024, se establecerá un único conjunto de normas para regular la situación de los familiares de los españoles. Esta regulación estará contenida en un nuevo título del Reglamento de Extranjería.
Una incógnita importante es cómo se manejará la tramitación de visados para los familiares de españoles en los distintos consulados. En la actualidad, la diferencia entre si el familiar se encuentra en España o en el extranjero es significativa, ya que se debe seguir gestionando un visado de reagrupación familiar comunitaria, lo cual implica cumplir con múltiples requisitos y procedimientos adicionales.
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