Visado de familiar comunitario para hermano de español

Muchas personas que residen en España se encargan de mantener y apoyar económicamente a sus familiares que viven en sus países de origen. En muchos casos, existe el deseo de traer a estos familiares a vivir en España.

Es bastante común que los extranjeros en España asuman la responsabilidad de cuidar de sus hermanos que se encuentran en el extranjero. Por eso, hoy queremos abordar una pregunta importante: ¿Es posible traer a mi hermano a vivir conmigo en España?¿ Visado de familiar comunitario para hermano de español?

Os dejamos un video de cliente real al que le tramitamos esta residencia

Pedir el Arraigo Familiar para familia Extensa

Los hermanos pueden ser considerados parte de la «Familia Extensa» bajo el régimen comunitario. Para poder iniciar el proceso de reagrupación familiar, es fundamental que el extranjero en España que desea traer a su hermano tenga la nacionalidad española o sea ciudadano de un país miembro de la Unión Europea.

Además, será necesario demostrar que el hermano a reagrupar depende económicamente del solicitante. Solo si se cumplen estos requisitos, el hermano podrá obtener un permiso de residencia como familiar de un ciudadano de la Unión Europea, conocido como Tarjeta comunitaria. Esta tarjeta permite al extranjero residir y trabajar en España por un período de cinco años, el cual puede ser renovado.

El proceso de reagrupación de la «Familia Extensa» puede ser bastante complicado, ya que implica la necesidad de probar de manera exhaustiva tanto el vínculo familiar como la dependencia económica. Por ello, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en este tipo de trámites

Procedimiento a seguir

  • Iniciar el proceso en España: El ciudadano español o comunitario debe comenzar el procedimiento desde territorio español. Para ello, debe visitar a un notario y firmar una carta notarial en la que exprese su intención de reagrupar a su familiar. En esta carta, deberá indicar la existencia de una dependencia económica o física, así como su capacidad para mantener al familiar una vez que llegue a España.
  • Preparación y envío de la documentación: Junto con la carta notarial, es necesario recopilar todos los documentos de identidad de las partes involucradas, tanto del reagrupante como del reagrupado. Toda esta documentación debe ser enviada al país de origen del familiar que se desea reagrupar.
  • Solicitar el visado en el consulado: Con la documentación enviada, el familiar en el país de origen deberá acudir al consulado español. Allí, deberá presentar la documentación necesaria, junto con pruebas que demuestren el vínculo de parentesco (como la partida de nacimiento) y la dependencia económica o física. Una vez verificada la información, se le otorgará el visado necesario para viajar a España.
  • Aportar las pruebas necesarias: Este paso es fundamental, ya que en el consulado se deben presentar todas las evidencias requeridas. Es crucial que estas pruebas sean completas y convincentes, ya que su calidad influirá en la aprobación del visado.
  • Entrada a España y obtención de la tarjeta de residencia: Tras obtener el visado, el familiar podrá entrar a España. Deberá dirigirse a la oficina de extranjería correspondiente a su domicilio para solicitar su tarjeta de residencia en formato físico.
  • Demostrar estabilidad económica y cobertura médica: En la oficina de extranjería, se requerirá que el reagrupante, es decir, el ciudadano español o comunitario, demuestre que cuenta con un trabajo o ingresos estables. Además, el familiar que se ha reunido deberá presentar un seguro médico privado que ofrezca cobertura total en España, sin carencias ni copagos

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