Tengo arraigo para la formación y finalizo mis estudios teniendo aun el permiso en vigor, ¿Qué puedo hacer para comenzar a trabajar?
Una vez superada la formación , y durante la vigencia de la autorización de residencia, el interesado presentará la solicitud de autorización de residencia y trabajo ante la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia, que le concederá en estos casos una autorización de 2 años que habilitará a trabajar.