Qué debo hacer cuando me conceden la Nacionalidad Española
Qué debo hacer cuando me conceden la Nacionalidad Española, pues una vez obtengas resolución favorable de tu solicitud, el último paso para convertirte finalmente en ciudadano español es el trámite de la jura de nacionalidad.
Podrás hacer la jura de la nacionalidad en el Registro Civil de tu domicilio, el que te corresponda en función de tu empadronamiento, o ante notario.
Es muy importante tener en cuenta el plazo para hacer la jura, que es de 180 días, desde la notificación de la concesión de nacionalidad española.
Qué debo hacer cuando me conceden la Nacionalidad Española
¿Perderé mi nacionalidad española si me dan la cita de jura en un plazo de mas de los 180 días?
No, siempre y cuando se haya gestionado esa cita dentro del plazo de 180 días correspondiente.
En cambio, si no realizas la jura ni gestionas la cita en ese plazo de 180 días no podrás finalizar el trámite y el expediente será archivado, perdiendo así tu nacionalidad española.
Es muy importante tener en cuenta que hay muchos Registros Civiles que van con bastante retraso para dar dicha cita.
¿Puedo tramitar la jura de nacionalidad con la tarjeta caducada?
Podrás acudir a la cita de jura con el resguardo de renovación de la tarjeta pues acredita tu condición como residente legal en España.
En Cruz Guillén Abogados de Extranjería somos especialistas en derecho de inmigración, nacionalidad española y visados. Tenemos despacho físico en Almería y en Madrid, pero, trabajamos de manera telemática en todo el territorio español, logrando concesiones de residencia, de nacionalidad y visados para ciudadanos de todo el país. Nos avala un equipo de profesionales expertos en la materia dispuestos a escuchar su caso y asesorarle sobre su situación legal a efectos de lograr una resolución favorable en todos sus sentidos. No dudes en contactarnos si tienes cualquier duda sobre tu estancia en nuestro país, nuestro equipo de abogados está dispuesto a atenderte lo más pronto posible.