Títulos académicos que dispensan de la realización de los exámenes CCSE y DELE


Uno de los requisitos exigidos para solicitar la nacionalidad española es la realización de los exámenes CCSE y DELE, sin embargo, en ciertas ocasiones los solicitantes pueden ser dispensados.

¿Quiénes están dispensados?

Los solicitantes de la nacionalidad española por residencia que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria (ESO) no es necesario que realicen estos exámenes, únicamente deberán aportar el título oficial.

-Podrán también ser dispensados quienes hayan cursado y obtenido el Graduado Escolar, Formación Profesional Básica, Bachillerato, Formación Profesional grado medio o superior, Licenciatura, Diplomatura, Grado Universitario o Doctorado.

-Quienes hayan estudiado en Centros educativos españoles en el exterior, siempre que el titulo haya sido expedido por el Ministerio de Educación de España, podrán solicitar la dispensa con ese título. En estos casos se valorará la solicitud de dispensa.

Otras consideraciones

-Respecto al DELE, son validos certificados oficiales de A2, B1 y B2 de español como lengua extranjera expedidos por la correspondiente Administración Educativa. Los certificados deben estar inscritos en el registro de títulos de la administración educativa competente.

-Los solicitantes que hayan estudiado en centros internacionales o Liceos en España, si son menores deben aportar un documento de dicho centro, pero si son mayores de edad, deben realizar las pruebas.

-Los menores de edad que se encuentren escolarizados en España únicamente deberán aportar un certificado del centro de estudios en el que se encuentran matriculados.

¡Importante! No pueden ser dispensados quienes hayan obtenido certificados de profesionalidad, máster ni homologaciones.

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