Información sobre protección temporal para ucranianos.
El Consejo de la UE ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección internacional de personas desplazadas desde Ucrania y que permitirá automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres años, sin tener que solicitar asilo.
¿Podré trabajar mientras estoy en España? ¿Qué derechos me otorga la protección temporal?
- Concede un permiso de residencia y trabajo.
- Este es válido durante toda la duración de la protección.
- Las personas beneficiarias de la protección temporal tienen derecho a lo siguiente:
- Trabajar por cuenta propia o ajena,
- Acceder las prestaciones previstas en el sistema de acogida.
- Atención médica.
- Los menores de dieciocho años tendrán, asimismo, derecho a acceder a la educación en las mismas condiciones que los nacionales del país de la UE de acogida.
¿Quién puede solicitar Protección Temporal?
- Nacionales ucranianos en situación de estancia en España antes del 24.02.2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
- Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región de origen en condiciones seguras.
- Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24.02.2022 y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
- Miembros de sus familias (salvo para el tercer supuesto de situación irregular): (i) cónyuge o pareja de hecho; (ii) hijos menores solteros o de su cónyuge; (iii) otros parientes cercanos que dependieran de ellos.
¿Dónde puedo solicitar Protección Temporal?
La policía Nacional de Almería ha iniciado la tramitación de las solicitudes de protección internacional a los ciudadanos ucranianos.
En Cruz Guillén Abogados te ayudaremos ejercer tus derechos como extranjero, garantizados en nuestra Constitución, conforme a las Leyes y Tratados Internacionales. Somos especialistas en Derecho de Extranjería y en procesos de protección internacional. Garantizamos a nuestros clientes la mejor solución analizando la estrategia más adecuada. En momentos difíciles queremos estar contigo protegiendo tus derechos.
“Conservar tu confianza es nuestro objetivo”
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¿Qué se entiende por Protección Temporal?
Es un procedimiento de carácter excepcional por el que, en caso de afluencia masiva o inminencia de afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de terceros países que no puedan volver a entrar en su país de origen, se garantiza a las mismas protección inmediata y de carácter temporal, en especial si el sistema de asilo también corre el riesgo de no poder gestionar este flujo de personas sin efectos contrarios a su buen funcionamiento, al interés de las personas afectadas y al de las otras personas que soliciten protección.