Me pueden denegar la nacionalidad si tengo antecedentes penales

Con frecuencia, personas de otras nacionalidades que residen en España deciden solicitar la nacionalidad española, motivadas por el vínculo que han establecido con el país. Sin embargo, a pesar de cumplir con los requisitos legales, en ocasiones la administración rechaza dichas solicitudes. El procedimiento más común para obtener la nacionalidad es por residencia legal y continuada, cumpliendo con las condiciones establecidas por el Código Civil. Hoy en día, esta solicitud puede realizarse a través del Expediente Electrónico en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, con un plazo de cuatro meses para presentar la documentación necesaria.

Denegación de Nacionalidad por falta de buena conducta

El Ministerio de Justicia es el encargado de resolver las solicitudes de nacionalidad, y el expediente es gestionado por la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN). Sin embargo, en algunos casos, la solicitud puede ser denegada por no acreditar una buena conducta cívica, lo que suele ocurrir si hay antecedentes penales, policiales o si la persona ha sido imputada en algún procedimiento penal, aunque no haya habido condena. El Ministerio de Justicia a menudo rechaza las solicitudes incluso si estos procedimientos han sido archivados o sobreseídos, lo cual puede parecer injusto, pero es una práctica común.
En caso de que se deniegue la solicitud, lo primero a tener en cuenta es la fecha en la que se recibe la notificación oficial. A partir de ese momento, existen dos opciones:

  • Presentar un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes.
  • Interponer un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, o primero el recurso de reposición y, si es rechazado, el contencioso-administrativo.

¿Qué opción escoger?

Al momento de decidir qué recurso interponer tras la denegación de la nacionalidad, es importante tener en cuenta varios factores. El primero es que el recurso de reposición será resuelto por el mismo órgano que emitió la resolución inicial. Esto significa que debemos considerar si realmente será posible cambiar el criterio del Ministerio con este recurso. En la mayoría de los casos, esto es complicado, a menos que haya habido un error evidente o se aporte algún documento esencial que no fue incluido previamente, como un certificado caducado.

Situaciones

En situaciones donde la nacionalidad es denegada por el hecho de haber sido imputado en un proceso penal, es poco probable que el Ministerio cambie su decisión con el recurso de reposición, ya que suelen basarse en antecedentes policiales para justificar su negativa, aun cuando no hubo condena penal.
Donde existe una mayor probabilidad de éxito es presentando un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. Para este tipo de demanda, es necesario contar con un abogado especializado y un procurador, ya que la jurisprudencia del Tribunal Supremo suele ser favorable en estos casos. Si el procedimiento penal fue archivado, significa que no hubo condena, y por lo tanto, no debería considerarse que el solicitante tenga una mala conducta cívica. Esto se relaciona directamente con el principio de presunción de inocencia, que solo puede ser desvirtuado en un juicio oral con pruebas.
Si el solicitante no tiene antecedentes penales y puede demostrar una conducta cívica adecuada, como tener un trabajo y estabilidad económica, y el único inconveniente son los antecedentes policiales, es recomendable acudir a la Audiencia Nacional para impugnar la denegación. En muchos casos, este tribunal falla a favor del solicitante, y la Administración es condenada a pagar las costas del proceso, lo que incluye los honorarios del abogado y procurador. Aunque existe la posibilidad de que la Abogacía del Estado recurra ante el Tribunal Supremo, lo habitual es que este último confirme la decisión de la Audiencia Nacional, manteniendo la condena en costas para la Administración.

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