La Golden Visa y sus obligaciones fiscales en España

Un aspecto muy importante a plantearse en los casos en los que un extranjero para a venir a España a invertir adquiriendo un bien inmobiliario de al menos 500.000 euros es, tener en cuenta las obligaciones fiscales que, posteriormente va a tener una vez haya obtenido su autorización de residencia para inversor o bien, más como conocida como Golden Visa.

Como ya hemos explicado en otros artículos, los extranjeros que disponen de la autorización de residencia para inversor o “Golden Visa” no tienen la obligación de residir en España, pero, en cambio, sí que tienen obligaciones fiscales que se derivan de la propia adquisición de ese bien inmueble en nuestro país, España.

¿Cuándo se me considera residente fiscal en España?

Como ya sabrás, se considera residente fiscal a cualquier extranjero que pase en España más de 183 días al año. Debes tener en cuenta que, Ser considerado residente a efectos fiscales es algo independiente de la residencia dentro del ámbito de extranjería o inmigración. Pero están estrechamente vinculadas. Todos los permisos de residencia en España exigen pasar un mínimo de 6 meses (183 días) en el país si se desea renovar. Todos menos uno: el visado de inversor. Es decir, para el resto de permisos de residencia, acabarás convirtiéndote en residente fiscal, pues la necesidad de vivir esos 183 días en el país para renovar tu permiso te lo exigirá inevitablemente de manera indirecta. En cambio, el visado de inversor es diferente en el sentido de que es el único permiso que NO requiere que vivas ningún periodo mínimo de tiempo en el país para renovarlo. Lo único que requiere es que mantengas tu inversión en España, y que visites el país al menos una vez al año. Pero no por un periodo mínimo de tiempo. Por lo tanto, a la hora de analizar a qué impuestos tendrá que hacer frente como titular de un visado de oro, nos encontraremos con 2 supuestos diferentes:

  • Los titulares de una Golden visa que pasan menos de 183 días al año y que por lo tanto no residentes a efectos fiscales.
  • Los titulares de la Golden Visa que pasan más de 6 meses en el país, por lo tanto, sí son residentes fiscales.

¿Qué obligación fiscal tengo durante la vigencia de la Golden Visa?

Si has obtenido la Golden Visa, pero, no resides en España deberás o deberías haber tributado en España el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) y, dependiendo del caso, deberás también tributar el Impuesto Sobre el Patrimonio (IP). En cambio, si vives en España durante más de 183 días (6 meses) deberás tributar en España el Impuesto sobre la Renta de Residentes (IRR).

¿Qué es el impuesto sobre la Renta de No Residentes?

Los contribuyentes no residentes que obtienen rentas en territorio español sin mediación de establecimiento permanente tienen una forma de tributación específica. Las principales características que se requieren para ser contribuyente por el Impuesto sobre la Renta de No Residente son:

  • La no residencia en territorio español.
  • La existencia de determinadas rentas que se consideren obtenidas en España.
  • El Modelo 210 es un modelo de declaración de impuestos para no residentes en España que se utiliza para declarar ingresos en España para cumplir con la obligación de contribuir por el IRNR.

¿Cuándo habrá que presentar el Modelo 210 en la Golden Visa?

La situación más común en la que se debe presentar el Modelo 210 en el caso de aquellos dispongan de la residencia de inversor “Golden Visa” son las siguientes:

  • La forma más común se refiere a la propiedad de una vivienda en España.
  • Incluso si el inmueble no está alquilado y no se generan rentas derivadas de su tenencia, se debe declarar dicha situación mediante el modelo 210 por las rentas “imputadas” a dicho inmueble.

¿Cuándo debo pagar el Impuesto de la Renta para No Residentes?

Dependiendo de la renta que dispongas habrá un proceder u otro con respecto al pago del modelo del Impuesto de la Renta para No Residentes:

Casos para viviendas no alquiladas:

  • Si dispones de una vivienda, pero esta vivienda no está arrendada, el plazo de presentación es del 1 de enero al 31 de diciembre del año siguiente del que se haya disfrutado de dichos inmuebles. Es decir, si has adquirido el bien inmueble durante el año 2022, tendrás que presentar la declaración de ese ejercicio como muy tarde en diciembre de 2023.

Casos para viviendas alquiladas:

  • Si tu caso está entre los que disponen de la adquisición de una vivienda y tienes la misma alquilada, el plazo de presentación e ingreso será los 20 primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, en relación con las rentas cuya fecha de devengo esté comprendida en el trimestre natural anterior.

¿Cuándo tengo que tributar el Impuesto sobre el patrimonio?

En caso de que el precio de compra del inmueble fuera superior a 700.000 euros, tendrás que pagar el impuesto sobre el patrimonio. Ten en cuenta que este límite de 700.000€ puede variar según la región concreta de España en la que se encuentre el inmueble.

¿Qué es el impuesto de la Renta para Residentes en España?

Si ha conseguido el permiso de inversorpermaneces más de 183 días al año en España, las autoridades te considerarán residente fiscal. En primer lugar, esto significa que estás obligado a pagar el impuesto sobre la renta por todos los ingresos que genere en todo el mundo. Esto incluye los ingresos generados tanto en España como en cualquier otro país.

En Cruz Guillén Abogados de Extranjería somos especialistas en derecho de inmigración, nacionalidad española y visados. Tenemos despacho físico en Almería y en Madrid, pero, trabajamos de manera telemática en todo el territorio español, logrando concesiones de residencia, de nacionalidad y visados para ciudadanos de todo el país. Nos avala un equipo de profesionales expertos en la materia dispuestos a escuchar su caso y asesorarle sobre su situación legal a efectos de logar una resolución favorable en todos sus sentidos. No dudes en contactarnos si tienes cualquier duda sobre tu estancia en nuestro país, nuestro equipo de abogados está dispuesto a atenderte lo más pronto posible.