¿Sabías que, dependiendo de tu situación, la solicitud de permiso de residencia por cuenta ajena se formula de forma diferente?
Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que solicita un empleador o empresario dependiendo de las circunstancias que incurran. Conseguir la residencia inicial por cuenta ajena es un proceso que puede ser difícil si no conoces la manera de formular correctamente la solicitud. Nuestro despacho de abogados recibe numerosas resoluciones negativas por errores tan simples como firmar la solicitud de manera incorrecta.
¿Cuándo solicita el permiso de residencia por cuenta ajena el empleador y cuando el extranjero?
1.De la situación de estancia por estudios a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial
Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de carácter inicial que solicita un empleador para la contratación de un trabajador que se halla en España en situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas.
Por lo que entendemos que el sujeto legitimado para realizar la solicitud es la empresa a nombre del estudiante que quiere cambiar su situación para acceder al mundo laboral.
2.Modificación de la situación de residencia temporal por circunstancias excepcionales a la situación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, que puede obtener el titular de un arraigo, que ya estuviera habilitado para trabajar por cuenta ajena en el momento de la solicitud de la autorización.
En este caso, el habilitado para realizar el permiso residencia es el propio extranjero que ya poseía una autorización para trabajar y quiere mantenerla.
3. Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que solicita un empleador o empresario para la contratación de un trabajador por un periodo superior a noventa días e inferior a cinco años.
En este caso, es obvio que la solicitud debe realizarse por la empresa ya que es una residencia que se solicita cuando el extranjero, aún se encuentra en el país de origen.
En Cruz Guillén Abogados de Extranjería somos especialistas en derecho de inmigración, nacionalidad española y visados. Tenemos despacho físico en Almería y en Madrid, pero, trabajamos de manera telemática en todo el territorio español, logrando concesiones de residencia, de nacionalidad y visados para ciudadanos de todo el país. Nos avala un equipo de profesionales expertos en la materia dispuestos a escuchar su caso y asesorarle sobre su situación legal a efectos de logar una resolución favorable en todos sus sentidos. No dudes en contactarnos si tienes cualquier duda sobre tu estancia en nuestro país, nuestro equipo de abogados está dispuesto a atenderte lo más pronto posible.