Visado Schengen

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Cruz Guillén Abogados de Extranjería

Este visado Schengen permite estancias en el área Schengen de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días) por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, para realizar estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado de duración inferior a 3 meses, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo. También permite el tránsito territorial y aeroportuario.

¿Dónde se encuentran reguladas las condiciones para su expedición?


Los procedimientos y condiciones para la expedición de estos visados se encuentran recogidos en el Reglamento (CE) nº 810/2009 por el que se establece un Código comunitario sobre visados (Código de visados).

¿Cuánto tiempo te permite estar?


Es el visado más habitual. El más utilizado y el que nos autoriza al tránsito o residencia en el territorio deseado del espacio Schengen durante un periodo determinado, hasta un máximo de 90 días en un periodo de 180, a partir de la fecha de entrada.

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¿A qué países te permite viajar?


Los países a los que se puede viajar una vez obtenido este visado son: AUSTRIA, BÉLGICA, REPÚBLICA CHECHA, DINAMARCA, ESTONIA, FINLANDIA, FRANCIA, ALEMANIA, GRECIA, HUNGRÍA, ISLANDIA, ITALIA, LETONIA, LITUANIA, LUXEMBURGO, MALTA, PAÍSES BAJOS, NORUEGA, POLONIA, PORTUGAL, ESLOVAQUIA, ESLOVENIA, ESPAÑA, SUECIA Y SUIZA.

¿Todos los visados Schengen se dirigen al mismo perfil de solicitante?


No, según el propósito de viaje, el visado uniforme Schengen se aplica a las tres categorías, “A” y “C”.

  • La categoría “A” hace referencia al visado aeroportuario de tránsito, que permite a su titular viajar a través de la zona internacional del espacio Schengen sin entrar en la zona del país del espacio. Este visado es obligatorio este visado para los ciudadanos que viajan desde un Estado no Schengen a otro Estado no Schengen por medio de un cambio de vuelos en un aeropuerto de un país del Espacio Schengen.
  • La categoría “C” se trata de un visado de corta duración que permite a su titular residir en un país permanecer en un país del espacio Schengen durante un periodo de tiempo determinado en función de la validez del visado. Esta categoría concreta, y de acuerdo con el propósito del viaje, se puede obtener en forma de:
    • Visado de un sola entrada: permite a su titular entrar en u país del espacio solo una vez, durante un periodo determinado de tiempo. La validez del visado expira en el momento en que el extranjero abandone el país, independientemente de que el tiempo permitido para permanecer en el país no haya terminado todavía.
    • Visado de doble entrada: se aplica la misma política que la mencionada anteriormente, pero se le permite entrar en el espacio Schengen dos veces, por lo que el periodo de tiempo permitido por su visado puede entrar en el país del espacio Schengen, salir y entrar de nuevo sin ningún problema. El visado expira una vez que el extranjero esté fuera del país por segunda vez.
    • Visado de entrada múltiple: permite a su titular entrar y salir del país del espacio Schengen todas las veces que quiera, durante la vigencia del mismo. Sin embargo, este visado permite a su titular permanecer dentro del espacio durante un periodo máximo de 90 días dentro de la mitad del año, a partir del día en el que se cruce la frontera entre un país miembro del espacio Schengen y un Estado no miembro.

¿Cómo se solicita el Visado Schengen?


La solicitud de visado de corta duración debe presentarse mediante un impreso de solicitud oficial,  debidamente cumplimentado (original y copia), que puede descargarse gratuitamente de esta página web o ser obtenido, también gratuitamente, en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

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¿Dónde se solicita el Visado Schengen?


El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país.

En el momento de presentar la solicitud de visado debe abonarse la tasa correspondiente mediante la forma de pago establecida. Dicha cantidad no será devuelta en caso de denegación del visado. La tasa básica de visado es de 80 euros para solicitantes a partir de 12 años, 40 euros para menores de edad de 6 a 11 años y gratuito para solicitantes menores de 6 años.  Consulte con la Misión Diplomática u Oficina Consular donde se solicite el visado la existencia de exenciones o tasas reducidas, aplicables en virtud de normativa o acuerdo internacional. En el caso de solicitudes presentadas en la empresa de externalización de visados, se abonará, además una tasa de servicios y, de forma voluntaria, podrá accederse a servicios adicionales con un coste extra para el solicitante.

¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud de Visado Schengen?


El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 45 días naturales en casos concretos, especialmente cuando sea necesario realizar un examen más detallado de la solicitud.

Si el visado es denegado, se notificará al solicitante mediante un impreso normalizado en el que se indique la causa de la denegación. En ese supuesto, se podrá presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses desde la fecha de notificación. Potestativamente, puede presentarse un recurso de reposición ante la misma Misión Diplomática u Oficina Consular en el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la denegación.

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¿Qué es el visado schengen?

Este visado te permite estancias en el área Schengen de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días) por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, para realizar estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado de duración inferior a 3 meses, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo. También permite el tránsito territorial y aeroportuario.

¿Dónde se encuentran reguladas las condiciones para su expedición?

Los procedimientos y condiciones para la expedición de estos visados se encuentran recogidos en el Reglamento (CE) nº 810/2009 por el que se establece un Código comunitario sobre visados (Código de visados).

¿Cuánto tiempo te permite estar?

el visado más habitual. El más utilizado y el que nos autoriza al tránsito o residencia en el territorio deseado del espacio Schengen durante un periodo determinado, hasta un máximo de 90 días en un periodo de 180, a partir de la fecha de entrada.

¿A qué países te permite viajar?

Los países a los que se puede viajar una vez obtenido este visado son: AUSTRIA, BÉLGICA, REPÚBLICA CHECHA, DINAMARCA, ESTONIA, FINLANDIA, FRANCIA, ALEMANIA, GRECIA, HUNGRÍA, ISLANDIA, ITALIA, LETONIA, LITUANIA, LUXEMBURGO, MALTA, PAÍSES BAJOS, NORUEGA, POLONIA, PORTUGAL, ESLOVAQUIA, ESLOVENIA, ESPAÑA, SUECIA Y SUIZA.

¿Todos los visados Schengen se dirigen al mismo perfil de solicitante?

No, según el propósito de viaje, el visado uniforme Schengen se aplica a las tres categorías, “A” y “C”.

  • La categoría “A” hace referencia al visado aeroportuario de tránsito, que permite a su titular viajar a través de la zona internacional del espacio Schengen sin entrar en la zona del país del espacio. Este visado es obligatorio este visado para los ciudadanos que viajan desde un Estado no Schengen a otro Estado no Schengen por medio de un cambio de vuelos en un aeropuerto de un país del Espacio Schengen.
  • La categoría “C” se trata de un visado de corta duración que permite a su titular residir en un país permanecer en un país del espacio Schengen durante un periodo de tiempo determinado en función de la validez del visado. Esta categoría concreta, y de acuerdo con el propósito del viaje, se puede obtener en forma de:
    • Visado de un sola entrada: permite a su titular entrar en u país del espacio solo una vez, durante un periodo determinado de tiempo. La validez del visado expira en el momento en que el extranjero abandone el país, independientemente de que el tiempo permitido para permanecer en el país no haya terminado todavía.
    • Visado de doble entrada: se aplica la misma política que la mencionada anteriormente, pero se le permite entrar en el espacio Schengen dos veces, por lo que el periodo de tiempo permitido por su visado puede entrar en el país del espacio Schengen, salir y entrar de nuevo sin ningún problema. El visado expira una vez que el extranjero esté fuera del país por segunda vez.
    • Visado de entrada múltiple: permite a su titular entrar y salir del país del espacio Schengen todas las veces que quiera, durante la vigencia del mismo. Sin embargo, este visado permite a su titular permanecer dentro del espacio durante un periodo máximo de 90 días dentro de la mitad del año, a partir del día en el que se cruce la frontera entre un país miembro del espacio Schengen y un Estado no miembro.

¿Cómo se solicita el Visado Schengen?

¿Dónde se solicita el Visado Schengen?

El visado debe solicitarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. Si no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, se solicitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país.

En el momento de presentar la solicitud de visado debe abonarse la tasa correspondiente mediante la forma de pago establecida. Dicha cantidad no será devuelta en caso de denegación del visado. La tasa básica de visado es de 80 euros para solicitantes a partir de 12 años, 40 euros para menores de edad de 6 a 11 años y gratuito para solicitantes menores de 6 años.  Consulte con la Misión Diplomática u Oficina Consular donde se solicite el visado la existencia de exenciones o tasas reducidas, aplicables en virtud de normativa o acuerdo internacional. En el caso de solicitudes presentadas en la empresa de externalización de visados, se abonará, además una tasa de servicios y, de forma voluntaria, podrá accederse a servicios adicionales con un coste extra para el solicitante.

¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud de Visado Schengen?

El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 45 días naturales en casos concretos, especialmente cuando sea necesario realizar un examen más detallado de la solicitud.

Si el visado es denegado, se notificará al solicitante mediante un impreso normalizado en el que se indique la causa de la denegación. En ese supuesto, se podrá presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses desde la fecha de notificación. Potestativamente, puede presentarse un recurso de reposición ante la misma Misión Diplomática u Oficina Consular en el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la denegación.