Autorización de Residencia

Por I. Cruz Guillen

Los extranjeros en situación de residencia temporal estarán autorizados a permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a 5 años, sin perjuicio de lo establecido para la estancia por estudios, prácticas no laborables, movilidad de alumnos o servicios de voluntariado. Tendrán derecho a obtener una autorización de residencia de larga duración los extranjeros que hayan residido legalmente y de forma continuada en e territorio español durante cinco años.

Reagrupación Familiar

Por I. Cruz Guillen

Se halla en situación de residencia temporal por razón de reagrupación familiar, el extranjero que haya sido autorizado a permanecer en España en virtud del derecho a la reagrupación familiar ejercido por un extranjero ya residente en territorio español.