Visado de trabajo por cuenta ajena de duración determinada

Por I. Cruz Guillen

Todo extranjero, mayor de 16 años, que no sea nacional de un Estado Miembro de la UE o de un Estado Schengen, y que tenga la intención de desplazarse a España para realizar una actividad lucrativa por cuenta ajena de duración determinada, podrá solicitar un permiso de estancia si cumple con una serie de requisitos que se conoce como visado de trabajo por cuenta ajena.
La presentación de una solicitud de visado para realizar esta actividad laboral requiere la previa obtención de una autorización de permiso de estancia y trabajo por cuenta ajena tramitada por el empleador en España.

¿Qué ocurre si se te pierde o te roban tu Certificado de Registro de la Unión?

Por I. Cruz Guillen

Los ciudadanos de un Estado de la Unión Europea o de otro Estado parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que tengan intención de residir en España por un periodo superior a tres meses necesitan solicitar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión. Cuando se acuerda la concesión, al mismo tiempo se inscribe a dicha persona en el Registro Central de Extranjeros.
A diferencia de lo que sucede con otras tarjetas en España, no existe duplicado de Certificado de Registro de ciudadano de la Unión por perdida, robo o deterioro.

Cédula de inscripción ¿Qué es y para qué sirve?

Por I. Cruz Guillen

La cédula de inscripción es un documento de vital importancia para aquellos extranjeros que se encuentren en situación de indocumentación es España.
Se trata de un documento identificativo expedido por las autoridades españolas cuando el extranjero necesita ser identificado en España y sus intentos de documentarse con las autoridades competentes de su país de origen han sido fallidos. Esto ocurre cuando el extranjero necesita tener un pasaporte, pero ningún país le documenta.

Carta de invitación para extranjeros por motivos de carácter turístico

Por I. Cruz Guillen

Los extranjeros que se encuentren en España y necesiten salir del país por motivos excepcionales, pero no cuenten con un pasaporte válido, pueden solicitar un título de viaje. Este documento, expedido por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, permite viajar a los países indicados en el permiso y garantiza el regreso a España. La medida está contemplada en el artículo 34 de la Ley Orgánica 4/2000, que regula los derechos y libertades de los extranjeros en España. Este recurso está disponible para quienes acrediten la imposibilidad de obtener un pasaporte propio por razones justificadas.