No todos los Estudiantes pueden acceder a un Permiso de Residencia para la búsqueda de Empleo

Por I. Cruz Guillen

El Real Decreto-ley 11/2018 introduce una disposición clave para los extranjeros que finalizan sus estudios en instituciones de educación superior en España. Según esta normativa, aquellos que hayan alcanzado al menos el nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado, podrán permanecer en el país por un período máximo e improrrogable de doce meses. Este tiempo está destinado a que puedan buscar un empleo acorde con su nivel de estudios o emprender un proyecto empresarial.
Esta nueva norma ha sido una auténtica salvación para muchos estudiantes que antes se veían obligados a esperar tres años de estancia por estudios para poder modificar su estatus a un permiso de residencia y trabajo. Sin embargo, contrariamente a lo que muchos piensan, no todos los estudiantes pueden acceder a un Permiso de Residencia para la búsqueda de empleo.

Nacionalidad española por matrimonio

Por I. Cruz Guillen

La regulación básica para obtener la nacionalidad española se encuentra en el artículo 21 y siguientes del Código Civil. Desde una modificación en 1975, los extranjeros que se casan con un ciudadano español ya no adquieren automáticamente la nacionalidad española.
No obstante, estar casado con un ciudadano español facilita a los extranjeros la posibilidad de acceder a la nacionalidad española a través de la residencia de manera más sencilla.

El retorno voluntario

Por I. Cruz Guillen

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Secretaría de Estado de Migraciones y la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración, proporciona a ciudadanos de terceros países la oportunidad de retornar voluntariamente a sus países de origen. Esto se lleva a cabo mediante convocatorias anuales de subvenciones que establecen los requisitos necesarios para participar

Prorroga para estancias de corta duración

Por I. Cruz Guillen

El extranjero se encuentra en situación de estancia de corta duración cuando no posee una autorización de residencia y está autorizado para permanecer en España por un período máximo de noventa días por semestre, contados a partir de la primera entrada. Esta situación no afecta a aquellos admitidos para fines educativos, movilidad estudiantil, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, siempre que cumplan con los requisitos de visado cuando corresponda.

El rechazo en la frontera

Por I. Cruz Guillen

Cuando los extranjeros no cumplen con los requisitos de entrada, los funcionarios encargados del control tienen la facultad de denegarles la entrada al territorio español. Esta decisión se toma mediante una resolución fundamentada que se notifica al interesado, detallando los recursos disponibles, los plazos para interponerlos, la autoridad competente para ello, así como el derecho a la asistencia legal, que puede incluir un abogado de oficio y, si es necesario, un intérprete. Este proceso se inicia desde el momento en que se inicia el expediente que podría resultar en la denegación de la entrada.

Silencio administrativo positivo, en visado nómada digital

Por I. Cruz Guillen

El plazo establecido para que la Unidad de Gestión de Extranjería (UGE) responda a una solicitud es de 20 días hábiles a partir de su presentación.
Si al término de estos 20 días la UGE no emite una respuesta, se considera que la autorización solicitada ha sido concedida automáticamente mediante silencio administrativo positivo.

Denegaciones de visados

Por I. Cruz Guillen

Denegaciones de visados ,hoy en día, muchas personas desean venir a España, ya sea como turistas, residentes, trabajadores o estudiantes. Para cualquier ciudadano extranjero de fuera de la Unión Europea, es indispensable obtener un visado de residencia, trabajo o estudios para poder vivir legalmente en España.
En estos casos, es fundamental cumplir con los requisitos específicos establecidos para cada tipo de visado. Sin embargo, puede ocurrir que, si no se cumplen todos los requisitos, el visado sea denegado. ¿Qué podemos hacer ante una situación así?

¿Qué hacer tras un internamiento en un CIE?

Por I. Cruz Guillen

Los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) son instalaciones donde el Estado español detiene a los extranjeros en situación irregular hasta que se lleva a cabo su expulsión del país.
Estos centros han sido objeto de controversia y críticas debido a sus condiciones, que a menudo son peores que las de las prisiones. Además, la privación de libertad en los CIE se basa en una infracción administrativa, comparable a una multa de tráfico, lo que genera un fuerte debate sobre la justicia y la humanidad de estas detenciones.

Última hora sobre la reforma del reglamento de extranjería

Por I. Cruz Guillen

La reforma del reglamento podría ser aprobada en breve. Según las recientes declaraciones de la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, la tan esperada reforma del reglamento podría estar lista en las próximas semanas.
Aunque no ha dado una fecha específica, ha señalado que se está trabajando intensamente en la elaboración de la reforma. El objetivo es que sea una reforma de calidad, acorde con la nueva realidad de España.
Actualmente, se está colaborando con las Comunidades Autónomas, Entidades locales y diversas Organizaciones, con la esperanza de que la reforma esté disponible pronto

¿Cómo elegir el seguro médico para pedir mi visado o residencia?

Por I. Cruz Guillen

Los seguros médicos ofrecen cobertura y protección frente a diversos riesgos y situaciones imprevistas que pueden surgir durante una estancia. Una razón clave, a parte de ser obligatorio para algunos permisos de residencia es la cobertura médica internacional, que cubre gastos médicos y hospitalización en caso de enfermedad o accidente. La asistencia las 24 horas del día es otra ventaja importante, proporcionando apoyo en emergencias. Contratar un seguro te brinda tranquilidad y seguridad.