Muchos extranjeros que se encuentran en España nos contactan planteándonos la siguiente cuestión ¿Cómo acredito ante un Organismo los periodos en los he dispuesto de residencia legal en España? Pues lo que debemos solicitar en estos casos es un certificado de Residente. El extranjero solicita un certificado que acredite todos los periodos de residencia (acumulativos) desde que obtuvo tal condición.
¿Qué interesados extranjeros pueden solicitarlo?
El Certificado de residente pueden solicitarlo los extranjeros (comunitarios y de terceros de países) residentes legalmente en España.
¿Qué periodo de validez tiene el Certificado de residente?
El periodo de validez del certificado de residente no es indefinido, tiene validez durante 3 meses desde su expedición.
¿Cómo solicito el certificado de residente?
Es importante que sepas que, el certificado de residente se solicita únicamente de manera presencial por parte del propio interesado.
¿Puedo solicitar el certificado de residente estando fuera de España?
Sí, el interesado también puede solicitar el certificado de residente si se encuentra fuera de territorio español. Para ello, en el momento de la solicitud, se solicitará a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, a través de las Oficinas Consulares de España en el exterior.
¿Dónde se solicita el certificado de residente?
- Desde España: en la Dirección General de Policía y de la Guardia Civil directamente, o a través de la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde tenga fijado su domicilio.
- Desde fuera de España: en la misión diplomática u oficina consular española correspondiente a su demarcación de residencia y dirigido a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.
¿Qué requisitos se necesitan para obtener el certificado de residente?
A la hora de pedir el certificado de residencia legal en España, se debe de cumplir con los siguientes requisitos:
- No encontrarse, en dicho momento, en situación irregular.
2. Solicitar el certificado de residencia legal en España por uno de estos 3 motivos:
a. Económicos.
b. Profesionales.
c. Sociales.
3. Comunicar, debidamente, la razón concreta por la que se realiza la petición de documento.
¿Qué documentación es necesario aportar para el certificado de residente?
Además de cumplir con los requisitos anteriormente expuestos, es necesario entregar la siguiente documentación:
– Impreso de solicitud EX-15 por duplicado (cumplimentado y firmado).
– Copia del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción o, si se es de un país que forme parte de la UE, el DNI.
– Comunicado de las causas concretas de la solicitud (las cuales deben encontrarse dentro de los 3 supuestos previamente mencionados).
– Justificante del pago de las tasas de tramitación del certificado de residencia legal en España.
– Copia de TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).
¿Cómo puedo obtener cita previa para este trámite?
Por la SedeElectrónica de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas, puedes entrar pinchando este enlace:
https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/citar?p=4
Una vez dentro, deberás elegir la opción:
Pn – Cert Res, no Res y Con (Policía Certificado de tiempo de residencia, certificado de no residencia y certificado de concordancia).
¿En cuanto tiempo se resuelve la solicitud del certificado de registro?
El procedimiento habrá de ser resuelto por el Organismo competente donde se solicitó dentro del plazo máximo de cinco días desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.
Este tipo de documento se solicita por ejemplo de cara a la solicitud de nacionalidad española por residencia. De esta forma podrás ver desde qué momento concreto eres residente legal en España y contar correctamente el plazo que necesitas acreditar antes de hacer la solicitud de tu nacionalidad española. Llegados a este punto debemos decir que en algunas ocasiones estos certificados de residencia tienen algunos errores y es común encontrarnos con fechas y registros de tarjetas o autorizaciones incorrectas.
En Cruz Guillén Abogados de Extranjería somos especialistas en derecho de inmigración, nacionalidad española y visados. Tenemos despacho físico en Almería y en Madrid, pero, trabajamos de manera telemática en todo el territorio español, logrando concesiones de residencia, de nacionalidad y visados para ciudadanos de todo el país. Nos avala un equipo de profesionales expertos en la materia dispuestos a escuchar su caso y asesorarle sobre su situación legal a efectos de logar una resolución favorable en todos sus sentidos. No dudes en contactarnos si tienes cualquier duda sobre tu estancia en nuestro país, nuestro equipo de abogados está dispuesto a atenderte lo más pronto posible.