He estado ausente de España pero tengo solicitada la nacionalidad, como afecta a la concesión

He estado ausente de España pero tengo solicitada la nacionalidad, como afecta a la concesión ,el expediente de nacionalidad española marca uno de los últimos pasos para los ciudadanos extranjeros en España. Representa el cierre del proceso de adaptación al estatus de ciudadano español, convirtiéndose en un trámite crucial y significativo para quienes lo solicitan.
En el artículo de hoy, exploraremos aspectos clave sobre este expediente de nacionalidad, centrándonos en la concesión, así como en el impacto de las salidas y el tiempo que se ha pasado fuera de España.

Requisitos para la nacionalidad

Como siempre, empecemos desde el principio. Obtener la nacionalidad española, al igual que cualquier otro trámite en España, exige cumplir con una serie de requisitos esenciales. Para mantenerlo claro y conciso, nos enfocaremos en los aspectos clave:

  • Ausencia de Antecedentes Penales y Policiales: Es fundamental no tener antecedentes en España ni en el país de origen, lo que demuestra una buena conducta cívica.
  • Integración en España: Se debe aprobar el examen CCSE y/o DELE, o bien estar exento de estos exámenes.
  • Residencia Legal y Continua: Es necesario haber residido legalmente en España durante el tiempo requerido antes de solicitar la nacionalidad.

En particular, nos concentraremos en el requisito de residencia legal y continua. Aunque parece ser un solo requisito, en realidad se desglosa en dos aspectos. Primero, hay que demostrar el tiempo necesario de residencia legal en España. Para determinar los plazos específicos, consultamos el Código Civil, que establece los requisitos temporales según cada caso:

  • Plazo general de diez años
  • Cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado
  • Dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes

Un año para:

  • El que haya nacido en territorio español.
  • El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
  • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
  • El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.
  • El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
  • El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

Tiempo fuera de España antes de pedir Nacionalidad

Siempre que tengas residencia legal en España, puedes viajar al extranjero utilizando tu tarjeta de residencia y pasaporte vigentes. ¡Sin embargo, ten cuidado! Pasar períodos prolongados fuera del país puede tener un impacto negativo en tu estatus de residencia e incluso en tu proceso de nacionalidad.

Para la concesión de la nacionalidad española, es fundamental tener en cuenta algunos aspectos relacionados con tus salidas del país:

  • Residencia de Larga Duración: Si cuentas con una residencia de larga duración, el Ministerio de Justicia suele ser menos estricto con respecto a tus salidas, ya que se asume que la residencia permanente implica una continuidad en tu estancia en España. Aun así, es recomendable evitar ausencias prolongadas, no excediendo los seis meses consecutivos fuera del país.
  • Residencia Temporal: Si eres residente temporal y estás solicitando la nacionalidad española con un requisito de dos años de residencia, como en el caso de ciudadanos colombianos, el Ministerio de Justicia generalmente exige que no hayas estado fuera de España por más de 90 días consecutivos.
  • Variabilidad de Criterios: Es importante recordar que los criterios sobre la continuidad de la residencia pueden cambiar con el tiempo.
  • Uso del Sentido Común: Aunque no se haya superado el plazo de 90 días de forma continua, múltiples salidas prolongadas pueden ser interpretadas desfavorablemente. Por ejemplo, si eres ciudadano argentino y solicitas la nacionalidad tras dos años de residencia, tener cinco salidas de dos meses cada una podría ser visto negativamente por el Ministerio, lo que podría resultar en la denegación de tu solicitud.

En resumen, es clave mantener un equilibrio razonable y demostrar un compromiso real con tu residencia en España para evitar problemas en el proceso de nacionalidad.

En Cruz Guillén Abogados de Extranjería somos especialistas en derecho de inmigración, nacionalidad española y visados. Tenemos despacho físico en Almería y en Madrid, pero, trabajamos de manera telemática en todo el territorio español, logrando concesiones de residencia, de nacionalidad y visados para ciudadanos de todo el país. Nos avala un equipo de profesionales expertos en la materia dispuestos a escuchar su caso y asesorarle sobre su situación legal a efectos de lograr una resolución favorable en todos sus sentidos. No dudes en contactarnos si tienes cualquier duda sobre tu estancia en nuestro país, nuestro equipo de abogados está dispuesto a atenderte lo más pronto posible.