Delitos de falsedad

Por I. Cruz Guillen

En el Código Penal, artículos 386 al 399, se castigan la falsificación de moneda y efectos timbrados, la falsedad documental (de documentos públicos, oficiales y mercantiles), la falsificación de documentos privados, falsificación de certificados y también la falsificación de tarjetas de crédito, débito y de cheques de viaje.