Custodia compartida en caso de Violencia de Género
De diversos preceptos que dicta la ley se deduce que, cuando el Juez o Tribunal lo considere conveniente, teniendo en cuenta el interés del menor, podrá imponer la pena de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, con un límite de cinco años. Esta pena accesoria se prevé también para las amenazas y las coacciones en el marco de violencia de género.