La adopción
Es un acto jurídico a través del cual se crea un vínculo de parentesco entre una o dos personas. A partir de este acto, se establece una relación de maternidad o de paternidad.
Es un acto jurídico a través del cual se crea un vínculo de parentesco entre una o dos personas. A partir de este acto, se establece una relación de maternidad o de paternidad.
Hoy en día existen varios tipos de custodia. La custodia no sólo incluye a los padres, sino también a los abuelos, otros familiares, allegados o incluso a entidades públicas. Cuando la guarda y custodia se atribuya a los padres puede establecerse de dos formas distintas, monoparental o compartida.
La Ley sólo nos dice que se entiende por alimentos a todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, educación y asistencia médica.
Es el negocio jurídico que contiene los pactos alcanzados por los cónyuges sobre las consecuencias o efectos de la separación o el divorcio.
El hecho de que las circunstancias que en su día se dieron hayan cambiado hace la necesidad de adoptar nuevas medidas que se adecuen a la actualidad pudiendo modificarse definitivas que se acordaron judicialmente en Sentencia.
Son pocos los países de Europa que admiten un divorcio declarado por una autoridad no judicial. Importante novedad ha sido la introducida por la Ley 15/2015 de 2 de julio de la Jurisdicción Voluntaria. En la misma se atribuye competencia a los notarios en materia de separación y divorcio. Además, esta novedad se ha convertido en un tema muy mediático.
Que se reúna contigo cuando necesites tratar sobre tu problema. Un gran compromiso estudiando y analizando todos los hechos disponibles y toda información relativa a tu caso. Que se entreviste con los involucrados en el asunto. Que te mantenga informado de lo que está ocurriendo en tu caso y que responda todas tus dudas sobre tu caso.
Tras el fallecimiento de una persona sus herederos tienen un corto plazo de tiempo para realizar gestiones encaminadas a la liquidación y adjudicación de bienes objeto de herencia.
Lo que frecuentemente solemos ver en noticias de actualidad cuando un individuo agrede a un agente de Policía, es lo que posteriormente se calificará como delito de atentado.
Aquel que agrediere, opusiere resistencia grave (con intimidación grave o violencia). DELITO DE ATENTADO, RESISTENCIA Y DESOBEDIENCIA A LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD.
Delitos que atentan contra los miembros más vulnerables y necesitados de la familia, ya sean los hijos, discapacitados o mayores con necesidades especiales. QUEBRANTAMIENTO DEL DEBER DE CUSTODIA. SUSTRACCIÓN DE MENORES. ABANDONO DE FAMILIA.