Trabajar en España por la realización de estudios en el país sin previa autorización de trabajo
Como imaginamos, España es uno de los principales destinos de los extranjeros para formarse académicamente.
Desde hace algún tiempo, el Reglamento de Extranjería permite la realización de estudios en nuestro país a un ciudadano extranjero y extracomunitario (fuera de la Unión Europea) debiendo para ello tramitar la Autorización de Estancia por Estudios.
Una vez que el ciudadano extranjero poseía dicha Autorización de Estancia por Estudios, podía ser autorizado a realizar actividades laborales en instituciones públicas o entidades privadas cuando el empleador presentase solicitud de autorización de trabajo, lo que no debemos confundir con la Autorización de Estancia por Estudios.
Por lo que, en primer lugar, el interesado debía tramitar la Autorización de Estancia por Estudios y, una vez obtenida esta, presentar la solicitud de autorización de trabajo para finalmente poder ejercitar actividades laborales.
Sin embargo, tras la reforma del artículo 42 del Reglamento llevada a cabo en agosto de 2022, será posible trabajar sin solicitar autorización previa de trabajo teniendo la Autorización de Estancia por Estudios.
Le citamos a continuación el artículo reformado:
Los extranjeros que dispongan de la correspondiente autorización de estancia por estudios, formación, prácticas no laborales o servicios de voluntariado podrán ser autorizados a realizar actividades laborales en instituciones públicas o entidades privadas cuando el empleador, como sujeto legitimado, presente la solicitud de autorización de trabajo y los requisitos previstos en el artículo 64, excepto el apartado 2.b) y el apartado 3.a).
Asimismo, podrán ser autorizados a realizar actividades por cuenta propia, siempre y cuando se cumplan los requisitos previstos en el artículo 105, excepto el apartado 2.b) y 3.d).
Dichas actividades deberán ser compatibles con la realización de aquéllas para las que, con carácter principal, se concedió la autorización de estancia.
En su caso, no será preciso solicitar autorización para aquellas prácticas no laborales en entidades públicas o privadas que formen parte del plan de estudios para el que se otorgó la autorización de estancia y que se produzcan en el marco de los correspondientes convenios de colaboración entre dichas entidades y el centro docente o científico de que se trate.
La autorización de estancia por estudios obtenida en virtud del artículo 37.1.a) autorizará a trabajar por cuenta propia y ajena, siempre que esta actividad laboral sea compatible con la realización de esos estudios, y se trate de estudios superiores, de una formación reglada para el empleo o destinada a la obtención de un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica.
La actividad laboral no podrá ser superior a las treinta horas semanales.
¿Cuáles son los requisitos para poder disfrutar de la reforma introducida?
Por tanto, deducimos que, para poder trabajar sin previa autorización de trabajo, el ciudadano extranjero deberá contar con la Autorización de Estancia por Estudios y deberán concurrir dos requisitos:
- La actividad laboral, ya sea por cuenta propia o ajena, debe ser compatible con la realización de los estudios permitidos por la Autorización de Estancia por Estudios.
- Tienen que ser estudios superiores, de una formación reglada para el empleo o destinada a la obtención de un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a obtener el certificado de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica.
Cuando no se den estos requisitos, será necesario presentar previa autorización de trabajo en la oficina de extranjería para poder realizar una actividad laboral, además de contar inicialmente con la Autorización de Estancia por Estudios.
A modo general, la actividad laboral no podrá superar las treinta horas semanales, requisito indispensable tanto para aquellos casos en los que sea necesaria la autorización previa de trabajo como para los que no.
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