¿Cuál es la diferencia entre tener NIE y tener residencia?
Muchísimos extranjeros nos contactáis confundidos con los conceptos de tener NIE y tener residencia y en el presente artículo vamos a aclararlo.
El NIE es simplemente un Número de Identidad de Extranjero. Es simplemente un número con el que se identifica al extranjero en España. De forma análoga al DNI de los ciudadanos españoles, está compuesto por una letra, siete números y un código de verificación. Por ejemplo, un NIE podría ser Y378513Z.
Disponer de este número de NIE no significa que ya dispongas de un permiso de residencia, es decir, puedes tener NIE y tener permiso de residencia o tener NIE y no tener permiso de residencia.
Cuando un extranjero solicite una autorización de residencia, automáticamente se le va a asignar un número de NIE, y si la Oficina de Extranjería le resolviera favorable, podría pedir su Tarjeta de Identidad de Extranjero, comúnmente conocida como la TIE y, lo que en este caso sí que se consideraría de disponer de permiso de residencia.
¿Cuándo tengo que solicitar la asignación de NIE?
Hay determinados trámites en España en los que, si eres extranjero te van a solicitar de un número de NIE. Por poner ejemplos, a continuación, dejamos algunos:
Por ejemplo:
- Para comprar una casa en España.
- Para comprar un coche.
- Para crear una empresa propia.
- Para pagar los impuestos.
- Para contratar agua, luz o gas en una casa.
- Para abrir una cuenta bancaria.
¿Cómo se solicita la asignación de NIE?
Los extranjeros que se relacionen con España por razón de sus intereses económicos, profesionales o sociales, deberán interesar la asignación del Número de Identidad de Extranjero a la Dirección General de la Policía. La asignación de NIE deberá basarse en razones que justifiquen su solicitud tales como intereses económicos, profesionales o sociales.
¿Qué requisitos tiene la asignación de NIE?
Los requisitos para poder solicitar la asignación de NIE son los siguientes:
- Que el extranjero no se encuentre en España en situación irregular.
- Que se comuniquen los motivos por los que se solicitan la asignación de NIE de dicho número.
¿Cómo se realiza el trámite?
Es importante saber que este trámite se presenta solo de manera presencial, bien a petición del interesado o de su representante legal designado para ello.
Se solicita a la Dirección General de la Policía, directamente o a través de las Oficinas de Extranjería Abre nueva ventana. Enlace externo. o Comisarías de Policía. En el caso de que el extranjero no se encuentre en territorio español en el momento de la solicitud, solicitará la asignación de NIE a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, a través de las Oficinas Consulares de España en el exterior.
Los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con España, serán dotados, a efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial.
El número personal será el identificador del extranjero, que deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten, así como las diligencias que se estampen en su tarjeta de identidad o pasaporte.
Para la asignación de NIE por razón de intereses económicos, profesionales o sociales, se admitirán las siguientes solicitudes:
- Las presentadas en España personalmente por el interesado,
- Las presentadas en España a través de representante,
- Las que se presenten en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas ubicadas en el país de residencia del solicitante, correspondientes a su demarcación de residencia.
¿Qué documentos son necesarios para la asignación de NIE?
Para la asignación del citado número deberán aportar los siguientes documentos:
- El formulario solicitud debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
- Original y copia del pasaporte completo, o documento de identidad, o título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
- Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.
- Cuando sea solicitado a través de un representante, éste acreditará contar con poder suficiente en el que conste de forma expresa que se le faculta para presentar tal solicitud.
En Cruz Guillén Abogados de Extranjería somos especialistas en derecho de inmigración, nacionalidad española y visados. Tenemos despacho físico en Almería y en Madrid, pero, trabajamos de manera telemática en todo el territorio español, logrando concesiones de residencia, de nacionalidad y visados para ciudadanos de todo el país. Nos avala un equipo de profesionales expertos en la materia dispuestos a escuchar su caso y asesorarle sobre su situación legal a efectos de logar una resolución favorable en todos sus sentidos. No dudes en contactarnos si tienes cualquier duda sobre tu estancia en nuestro país, nuestro equipo de abogados está dispuesto a atenderte lo más pronto posible.