Delitos contra la libertad sexual

¿Cuáles son?

Según establece el Código Penal los delitos contra la libertad sexual son la agresión sexual, la violación, los abusos sexuales o el acoso sexual.


Agresión sexual

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Atentar contra la libertad sexual de una persona utilizando violencia o intimidación.

Artículo 178 del Código Penal.


  • La violencia se entiende como el empleo de fuerza física que implica una agresión violenta a través de golpes o desgarros. Debe darse uso de fuerza eficaz y suficiente para vencer la voluntad de la víctima.
  • La intimidación es de naturaleza psíquica y requiere el empleo de fuerza de coacción, amenazas o amedranta miento con un mal racional y fundado.

La agresión sexual se castiga con la pena de prisión: de 1 a 5 años.


Violación

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Agresión sexual con acceso carnal.

Artículo 179 del Código Penal.

Bajo la denominación jurídica de violación recoge el Código penal el más grave de los atentados posibles contra la libertad e indemnidad sexual del ser humano, ya que el autor ejecuta el acto íntimo en contra de la voluntad de la víctima y lo ejecuta mediante una acción física agresiva o gravemente intimidatoria, vulnerando con ello el inalienable derecho de autodeterminación de toda persona en este ámbito, lo que afecta no solo a su integridad física y moral sino también a su dignidad.

El responsable de cometer un delito de violación ha llevado a cabo una agresión sexual mediante acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o mediante la introducción de objetos por alguna de las dos primeras vías, siempre con violencia o intimidación.

La violación se castiga con la pena de prisión de 6 a 12 años.


Abuso sexual

Actos que lesionan la libertad sexual de otra persona.

Los hechos se ejecutan sin su consentimiento.

No se emplea violencia ni intimidación.

Artículo 181 del Código Penal.

Los delitos relativos a la libertad sexual e indemnidad sexuales se cometen normalmente en soledad, esto es, con la presencia únicamente del «agresor» y de la víctima. La víctima, por tanto, se convierte en la persona con mayor relevancia probatoria en el proceso penal. En la mayoría de los casos, es la única prueba existente para desvirtuar la presunción de inocencia de la persona acusada.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal garantiza que el menor sufra la menor victimización posible, y que además, su testimonio pueda ser prestado con total tranquilidad y en presencia de expertos, puesto que, en efecto, son los psicólogos especializados en esta materia quienes pueden efectuar las preguntas adecuadas al menor, para poder obtener respuestas y garantizar igualmente que el testimonio es creíble o fiable, especialmente en los casos de menores hasta 11 años aproximadamente.

Los abusos sexuales se castigan con la pena de prisión de 1 a 3 años o multa de 18 a 24 meses.


Abusos sexuales a menores de 16 años

Actos de carácter sexual.

Artículo 183.1 del Código Penal.

Los abusos sexuales a menores de 16 años están castigados con la pena de prisión de 2 a 6 años.


Agresiones sexuales a menores de 16 años

Actos de carácter sexual empleando violencia o intimidación.

Artículo 183.2 del Código Penal.

Las agresiones sexuales a menores de 16 años están castigadas con la pena de prisión de 5 a 10 años.

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Los delitos relativos a la libertad sexual e indemnidad sexuales se cometen normalmente en soledad, esto es con la presencia únicamente del «agresor» y de la víctima. La víctima, por tanto, se convierte en la persona con mayor relevancia probatoria en el proceso penal. En la mayoría de los casos, es la única prueba existente para desvirtuar la presunción de inocencia de la persona acusada.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal garantiza que el menor sufra la menor victimización posible, y que además, su testimonio pueda ser prestado con total tranquilidad y en presencia de expertos, puesto que, en efecto, son los psicólogos especializados en esta materia quienes pueden efectuar las preguntas adecuadas al menor, para poder obtener respuestas y garantizar igualmente que el testimonio es creíble o fiable, especialmente en los casos de menores hasta 11 años aproximadamente.


Delitos contra la libertad sexual

Acoso sexual

Solicitar a una persona favores de carácter sexual.

En el ámbito de una relación laboral, docente o prestación de servicios.

Provocan una situación intimidatoria.
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Artículo 184 del Código Penal.

  • El acoso sexual constituye un atentado a la libre decisión de no verse involucrado en una relación sexual indeseada.
  • Comete delito de acoso sexual en el ámbito de una relación laboral el que solicite a otro favores de índole sexual. Estos favores sexuales podrán ser para quien los solicite o bien, para un tercero.La circunstancia provocará en la víctima sentimientos de intimidación, hostilidad o humillación.
  • No es necesario que el autor de este delito cometa los hechos prevaliéndose de una situación de superioridad. En caso de que se diera el prevalimiento mencionado, la pena se agravaría.

El tipo implica la concurrencia de los siguientes elementos:

1) La acción supone la solicitud, sin que se necesite la obtención, de favores de naturaleza sexual. El concepto de favor se entiende como la prestación de cualquier acto de alcance sexual.

2) Aunque no sea preciso para la consumación del delito la obtención del favor requerido, el legislador sí que exige que esa demanda de favores sexuales provoque a la víctima una situación gravemente intimidatoria, hostil o humillante, implicando la calificación del delito con un cierto resultado indirecto.

3) Esa situación, resultado en la víctima, viene producida como consecuencia de que la solicitud de favores se produce en el ámbito de una relación existente entre el sujeto y la víctima de tipo laboral, docente o de prestación de servicios, continuada o habitual, descartando la simple relación esporádica.

El acoso sexual está castigado con la pena de prisión de 3 a 5 meses o multa de 6 a 10 meses.


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¿Qué es el delito de agresión sexual?

Atentar contra la libertad sexual de una persona utilizando violencia o intimidación. Artículo 178 del Código Penal. La agresión sexual se castiga con la pena de prisión de 1 a 5 años.

¿Qué es el delito de violación?

Agresión sexual con acceso carnal. Artículo 179 del Código Penal. La violación se castiga con la pena de prisión de 6 a 12 años.

¿Qué es el delito de abuso sexual?

Realización de actos que lesionan la libertad sexual de otra persona. Los hechos se ejecutan sin el consentimiento de la víctima pero, sin emplear violencia ni intimidación. Artículo 181 del Código Penal.

¿Cuál es el delito de acoso sexual?

Solicitar a una persona favores de carácter sexual en el ámbito de una relación laboral, docente o prestación de servicios, provocando una situación intimidatoria. Artículo 184 del Código Penal.