Delitos contra la libertad

¿Cuáles son?

Los delitos de detención ilegal, secuestro, amenazas y coacciones se consideran delitos contra la libertad según lo establecido en el Código Penal.


Detención ilegal y secuestro

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La libertad de ambulatoria, es decir, la libertad que tiene cada persona de trasladarse y moverse de un lugar a otro según su voluntad, se encuentra consagrada en el artículo 17.1 de la Constitución Española, derecho que se priva injustamente cuando una persona obliga a otra a permanecer en un determinado sitio o lugar. El delito de detención ilegal se caracteriza por:

Privar de libertad deambulatoria a una persona, limitando sus movimientos en contra de su voluntad (tanto encerrándola como deteniéndola).Existencia de dolo, es decir, que el delito se lleve a cabo con la intención de cometerlo, con voluntad de privar a una persona de su libertad de movimiento.

El delito de detención ilegal, regulado en el artículo 163 del Código Penal está castigado con la pena de prisión de 4 a 6 años.

El secuestro de una persona, poniendo alguna condición para dejarla en libertad, se encuentra regulado en el artículo 164 del Código Penal y está castigado con la pena de prisión de 6 a 10 años.


Delitos contra la libertad

Amenazas

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Aquella persona que amenazare a otra con causarle (a ella, a su familia u otras personas ligadas a ella) un mal que constituya: delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, integridad moral, libertad sexual, intimidad, honor, patrimonio y orden socioeconómico estará cometiendo un delito de amenazas.

El delito de amenazas está castigado con la pena de prisión de 1 a 5 años si al amenazar se exigiere una cantidad o se impone una condición. Ello siempre que el culpable consiguiere una recompensa. Artículo 173 del Código Penal. O bien, de 6 meses a 2 años de prisión cuando la amenazada no haya sido condicional.


¿Cuándo una amenaza se considera grave?

Nos encontramos ante una amenaza grave cuando esta por su naturaleza se considera, seria y creíble por ser potencialmente esperado un comportamiento agresivo que lleve a efecto el mal amenazado, debiendo tener en cuenta los datos antecedentes y concurrentes en cada caso.

La amenaza de matar seguida de la comisión de homicidio. ¿Se castiga por separado?

Tal y como ha venido decantándose la jurisprudencia, en casos como amenazar a alguien con ocasionar la muerte y conseguirlo, así como en los que la amenaza de causar lesiones se realiza al tiempo en que estas se están cometiendo o bien en momentos previos no añade un plus de antijuricidad susceptible de dar vida dos delitos, quedando el delito de amenaza absorbido por el delito en que se ha ejecutado el mal que se ha promulgado con la amenaza (normalmente suele suceder con el homicidio y las lesiones).


Coacciones

¿Qué son?

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Las coacciones vienen a darse cuando una persona obliga a otra a hacer algo que no quiere, ya sea justo o injusto. Para poder determinar con claridad este tipo de delitos en reiterada jusrisprudencia se establece que si quiera por un tiempo breve la víctima se haya visto privada de llevar a cabo una acción que ella quería o que no quería a causa de la imposición de otra se estaría cometiendo un delito de lesiones.

El delito de coacciones está castigado con la pena de prisión de 6 meses a 3 años o con multa de 12 a 24 meses. Dependerá según la gravedad de la coacción o de los medios empleados. Artículo 172 del Código Penal.


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¿Qué es el delito de detención ilegal?

Privar de libertad deambulatoria a una persona, limitando sus movimientos en contra de su voluntad. Derecho consagrado en el artículo 17.1 de la Constitución Española.

¿Cuando una amenaza es grave?

Cuando esta por su naturaleza se considera, seria y creíble por ser potencialmente esperado un comportamiento agresivo que lleve a efecto el mal amenazado.

¿Qué son las coacciones?

Las coacciones vienen a darse cuando una persona obliga a otra a hacer algo que no quiere, ya sea justo o injusto.