Delito de stalking

En Cruz Guillén Abogados somos especialistas en Derecho Penal y en procedimientos por delito de stalking, Garantizamos la mejor línea de defensa en cada uno de nuestros asuntos.

Delito de stalking

¿Qué es el stalking?

El delito de stalking consiste en acosar a una persona de forma insistente y reiterada, de manera que le produzca una grave alteración en el desarrollo de su vida cotidiana, obligando a la víctima a variar sus hábitos cotidianos como única vía escapatoria.

¿Qué conductas son las que producen una grave alteración en el desarrollo de la vida cotidiana?

  • Vigilar a la víctima, perseguirla o buscar su compañía.
  • Establecer o intentar establecer contacto con la víctima a través de algún medio de comunicación o por medio de terceras personas.
  • Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquirir productos o mercancías, o contratar servicios, o hacer que terceras personas se pongan en contacto con ella.
  • Atentar contra la libertad o patrimonio de la víctima o de otra persona próxima a ella.

Por lo tanto, mediante este delito se persigue castigar, entre otras, aquellas situaciones de acoso visual (vouyerismo), acoso de fans o seguidores de famosos, parejas sentimentales que una vez acabada la relación hostigan a su expareja; situaciones desgraciadamente comunes.

¿Dónde se encuentra castigado este delito el delito de stalking?

Este delito se encuentra castigado en el artículo 172 ter del Código Penal.

Delito de Stalking

¿Tengo que denunciar el acoso o pueden investigarlo de oficio?

La norma general, a tenor del artículo 172 ter, en su apartado 4, es que este delito solamente puede ser perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal, salvo de que se trate de alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, es decir personas relacionadas con delitos en el ámbito familiar.

¿Cuáles son las penas por el delito de stalking?

Las penas por el delito de acoso o stalking son alternativamente (esto es, se puede imponer una u otra):

  • De tres meses a dos años de prisión.
  • Multa de seis a veinticuatro meses

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¿Qué es el stalking?

El delito de stalking consiste en acosar a una persona de forma insistente y reiterada, de manera que le produzca una grave alteración en el desarrollo de su vida cotidiana, obligando a la víctima a variar sus hábitos cotidianos como única vía escapatoria.

¿Qué conductas son las que producen una grave alteración en el desarrollo de la vida cotidiana?

  • Vigilar a la víctima, perseguirla o buscar su compañía.
  • Establecer o intentar establecer contacto con la víctima a través de algún medio de comunicación o por medio de terceras personas.
  • Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquirir productos o mercancías, o contratar servicios, o hacer que terceras personas se pongan en contacto con ella.
  • Atentar contra la libertad o patrimonio de la víctima o de otra persona próxima a ella.

¿Dónde se encuentra castigado este delito el delito de stalking?

Este delito se encuentra castigado en el artículo 172 ter del Código Penal.

¿Tengo que denunciar el acoso o pueden investigarlo de oficio?

La norma general, a tenor del artículo 172 ter, en su apartado 4, es que este delito solamente puede ser perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal, salvo de que se trate de alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, es decir personas relacionadas con delitos en el ámbito familiar.

¿Cuáles son las penas por el delito de stalking?

Las penas por el delito de acoso o stalking son alternativamente (esto es, se puede imponer una u otra):

  • De tres meses a dos años de prisión.
  • Multa de seis a veinticuatro meses