Nuevo permiso de actividades de temporada. Llamamientos y causas de extinción.
Este nuevo permiso, recogido en los artículos 100 y siguientes del Nuevo Reglamento, autoriza a residir en España y a ejercer actividades laborales por cuenta ajena por periodos máximos de nueve meses en un año natural.
Estas autorizaciones tendrán vigencia de 4 años, por lo que sus titulares podrán venir a España a trabajar un máximo de 9 meses por año.