Motivos de denegación de las autorizaciones iniciales de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.

Según el Nuevo Reglamento, se halla en situación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena la persona extranjera mayor de dieciséis años autorizada a residir en España por un periodo superior a noventa días naturales e inferior a cinco años, y a ejercer una actividad laboral por cuenta ajena.

Importante, hablamos de permisos de residencia por cuenta ajena iniciales, no de modificaciones a un permiso de residencia y trabajo.

Antes de enumerar los motivos por los que puede ser denegada dicha autorización, cabe señalar que, la existencia de antecedentes en el informe policial no supondrá, por si misma y de forma automática, causa de denegación de la autorización. El órgano competente valorara de forma casuística y circunstanciada, que la persona extranjera no suponga una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea.

Cuando el órgano competente para resolver valore que la persona solicitante supone una amenaza al orden público, seguridad pública o salud pública se denegará la autorización, por eso siempre recomendamos que tramites la supresión de tus antecedentes policiales cuanto antes.

Una de las novedades introducidas en este Reglamento es que, el hecho de que el empleador tenga antecedentes graves, por infracciones en materia migratoria o de permisos de trabajo de extranjeros, o haya sido condenado en sentencia firme por delitos de trata de seres humanos, delitos contra los derechos de las personas trabajadoras o contra los derechos de las personas extranjeras, así como contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social (no cancelados), se convierten en causas de denegación.

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denegación de las autorizaciones iniciales de residencia temporal y trabajo

También son motivos de denegación:

-Que se presenten documentos falsos.

-Si, en los doce meses anteriores, el empleador ha amortizado los puestos de trabajo que pretende cubrir por despido improcedente o nulo, o ha decidido extinguir un contrato que motivó otra concesión de permiso antes de que la vigencia del mismo finalice.

– Cuando el empresario mantenga vigentes medidas de suspensión de contratos.

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