El Nuevo Real Decreto Ley para los menores no acompañados
(MENA´S)
El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 19 de marzo, publica el Real Decreto Ley 2/2025, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias, referente a la distribución de los jóvenes migrantes no acompañados que han llegado a Canarias y la ciudad autónoma de Ceuta en los últimos meses.
El ordenamiento jurídico dota a los menores de una protección reforzada, sean nacidos en España o el extranjero, con distintos derechos recogidos en la legislación española, la Unión Europea y los tratados y convenios internacionales suscritos por España. En este sentido, este nuevo Real Decreto Ley dicta que «las diferentes administraciones públicas implicadas deben velar, en definitiva y en todo momento, por el interés superior del menor, como principio rector que debe servir como guía de toda política pública en la materia».

El Nuevo Real Decreto Ley para los menores no acompañados
El principal cambio que permite el Real Decreto Ley es fijar una vía para una distribución obligatoria de los jóvenes migrantes no acompañados entre las comunidades autónomas. El decreto desarrolla la iniciativa modificando el artículo 35 de la Ley Orgánica de Extranjería.
En este sentido, el Gobierno da a las comunidades plazo hasta final de mes para que estas les trasladen los datos relativos a cada uno de dichos criterios, especialmente el número de menores extranjeros no acompañados alojan en la actualidad, así como las plazas estructurales que cada sistema de acogida tiene abiertas para este fin.
El pacto también incluye una “compensación económica” para las comunidades que han tenido plazas por encima de la media de las que correspondían.
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