Nacionalidad Española y el Nuevo Reglamento de Extranjería: Lo que debes saber

Por I. Cruz Guillen

Nacionalidad Española: Lo que debes saber es que es NO, no cambia nada.

Aunque con el Nuevo Reglamento de Extranjería, que entrará en vigor el 20 de mayo de 2025, se vienen muchos cambios en las diferentes modalidades de permisos de residencia y visados, no cambia en absoluto todo lo relativo a la Nacionalidad, nosotros te lo contamos

La Nacionalidad se regula en el artículo 22 del Código Civil, en el Real Decreto 1004/2015 y en la Orden JUS/1625, por lo tanto, cambia el Reglamento de Extranjería, pero no hay ningún cambio en todo aquello que tenga que ver con las solicitudes de Nacionalidad Española.

El único cambio importante de 2025 relativo a la Nacionalidad es el fin de la solicitud de nacionalidad por Ley de Memoria Democrática en octubre.

Por tanto, si eres descendiente de españoles tienes hasta octubre de 2025 para solicitar tu nacionalidad por Ley de Memoria Democrática. Este tipo de nacionalidad de origen puede favorecer también a tus hijos independientemente de la edad.

Instrucciones y material examen CCSE

Por I. Cruz Guillen

Cómo Inscribirse y Prepararse para el Examen CCSE

Si está en proceso de solicitar la nacionalidad española, uno de los requisitos imprescindibles es la superación del examen de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE), organizado por el Instituto Cervantes. En Cruz Guillén Abogados Extranjería, le ofrecemos un servicio integral para facilitar su inscripción y preparación, asegurándonos de que el proceso sea ágil y sin complicaciones.

Buena conducta cívica para la nacionalidad por residencia y como acreditarlo.

Por I. Cruz Guillen

En los últimos años, hemos visto casos en los que se extiende el requisito de buena conducta cívica, exigido para la obtención de nacionalidad española por residencia, hasta el momento de su inscripción en el Registro Civil.

En cambio, el Código Civil, en su artículo 22.4, exige la acreditación de buena conducta solo dentro del expediente de solicitud de nacionalidad, pero no extiende este requisito al periodo posterior.

Por ello el Tribunal Supremo ha declarado la ilegalidad de la exigencia reglamentaria de buena conducta una vez finalizado el procedimiento de concesión de nacionalidad española por residencia en relación con el artículo 12 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por razón de residencia.

Qué debo hacer cuando me conceden la Nacionalidad Española

Por I. Cruz Guillen

Qué debo hacer cuando me conceden la Nacionalidad Española, pues una vez obtengas resolución favorable de tu solicitud, el último paso para convertirte finalmente en ciudadano español es el trámite de la jura de nacionalidad.

Podrás hacer la jura de la nacionalidad en el Registro Civil de tu domicilio, el que te corresponda en función de tu empadronamiento, o ante notario.

Es muy importante tener en cuenta el plazo para hacer la jura, que es de 180 días, desde la notificación de la concesión de nacionalidad española.

Me pueden denegar la nacionalidad si tengo antecedentes penales

Por I. Cruz Guillen

Con frecuencia, personas de otras nacionalidades que residen en España deciden solicitar la nacionalidad española, motivadas por el vínculo que han establecido con el país. Sin embargo, a pesar de cumplir con los requisitos legales, en ocasiones la administración rechaza dichas solicitudes. El procedimiento más común para obtener la nacionalidad es por residencia legal y continuada, cumpliendo con las condiciones establecidas por el Código Civil. Hoy en día, esta solicitud puede realizarse a través del Expediente Electrónico en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, con un plazo de cuatro meses para presentar la documentación necesaria.

Nacionalidad Española para menores de edad

Por I. Cruz Guillen

a nacionalidad española por residencia es un derecho que también puede ser solicitado por menores de edad, bajo ciertas condiciones y con la asistencia adecuada. Dependiendo de la edad del menor, el trámite puede ser gestionado de diferentes maneras:

Si el interesado es mayor de 18 años o está emancipado, puede realizar la solicitud por sí mismo.

Los mayores de 14 años pueden solicitarla, pero deben estar asistidos por su representante legal.

En el caso de menores de 14 años, su representante legal será quien se encargue de la solicitud.

Este proceso está diseñado para garantizar que los menores que cumplen con los requisitos de residencia puedan acceder a la nacionalidad española de manera segura y respaldada por sus tutores.