Visado de turismo y visitas a EE. UU

Por I. Cruz Guillen

Un ciudadano extranjero que viaja a los Estados Unidos por turismo necesita una visa de visitante, a menos que califique para ingresar bajo el Programa de Exención de Visa.

Las visas de visitante son visas de no inmigrante para personas que desean ingresar a los Estados Unidos temporalmente por negocios, por turismo o por una combinación de ambos propósitos.

Legalización de documentos públicos extranjeros en España.

Por I. Cruz Guillen

La legalización de documentos públicos extranjeros en España ,es un acto administrativo por el que se otorga validez a un documento público extranjero, con el que se comprueba la autenticidad de la firma que aparece en el mismo, la calidad en que el signatario del documento haya actuado y, en su caso, la identidad del sello que el documento ostente.

Visado de trabajo por cuenta ajena de duración determinada

Por I. Cruz Guillen

Todo extranjero, mayor de 16 años, que no sea nacional de un Estado Miembro de la UE o de un Estado Schengen, y que tenga la intención de desplazarse a España para realizar una actividad lucrativa por cuenta ajena de duración determinada, podrá solicitar un permiso de estancia si cumple con una serie de requisitos que se conoce como visado de trabajo por cuenta ajena.
La presentación de una solicitud de visado para realizar esta actividad laboral requiere la previa obtención de una autorización de permiso de estancia y trabajo por cuenta ajena tramitada por el empleador en España.

Carta de invitación para extranjeros por motivos de carácter turístico

Por I. Cruz Guillen

Los extranjeros que se encuentren en España y necesiten salir del país por motivos excepcionales, pero no cuenten con un pasaporte válido, pueden solicitar un título de viaje. Este documento, expedido por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, permite viajar a los países indicados en el permiso y garantiza el regreso a España. La medida está contemplada en el artículo 34 de la Ley Orgánica 4/2000, que regula los derechos y libertades de los extranjeros en España. Este recurso está disponible para quienes acrediten la imposibilidad de obtener un pasaporte propio por razones justificadas.

Medios económicos para venir a España como turista

Por I. Cruz Guillen

Para poder entrar a España, los extranjeros deben cumplir con una serie de requisitos, entre ellos demostrar que cuentan con suficientes recursos económicos. Si así lo solicitan los funcionarios encargados del control de entrada en territorio español, los extranjeros deberán acreditar que disponen de una cantidad mínima de dinero para cubrir su estancia. Este requisito es fundamental para garantizar que los visitantes no representen una carga para los servicios sociales del país durante su estadía. A continuación, se detalla la cantidad mínima exigida y cómo se debe acreditar este requisito.

La regla de los 90 días en periodo de 180 para estancias en España

Por I. Cruz Guillen

La normativa de los 90 días establece el límite máximo de tiempo que un ciudadano de un país no perteneciente a la Unión Europea puede permanecer en España como turista.
Es decir, si visitas España por un período breve sin contar con un permiso de residencia, ya sea que tu país te haya exigido solicitar un visado de turista o no, podrás quedarte un máximo de 90 días antes de tener que abandonar el país o gestionar un permiso de residencia.
Cabe destacar que este plazo de 3 meses no solo se aplica a España, sino también a los demás países que forman parte del espacio Schengen.

Qué hacer cuando me deniegan el visado

Por I. Cruz Guillen

Cuando se solicita un visado Schengen y este es denegado, puede ser un golpe frustrante e inesperado. Sin embargo, es crucial comprender que esta denegación no es el final del camino, sino más bien una oportunidad para revisar y corregir cualquier aspecto que haya podido fallar en la solicitud.
En la notificación que recibirás por parte del Consulado, se te informará tanto de la denegación del visado como del motivo específico que ha llevado a esta decisión. Un ejemplo común es no haber acreditado de manera suficiente que dispones de los recursos económicos necesarios para costear tu estancia en el país de destino. Conocer el motivo de la denegación es fundamental, ya que te permitirá tomar los pasos necesarios para rectificar la situación y mejorar tus posibilidades en un futuro intento.

Prorroga para estancias de corta duración

Por I. Cruz Guillen

El extranjero se encuentra en situación de estancia de corta duración cuando no posee una autorización de residencia y está autorizado para permanecer en España por un período máximo de noventa días por semestre, contados a partir de la primera entrada. Esta situación no afecta a aquellos admitidos para fines educativos, movilidad estudiantil, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, siempre que cumplan con los requisitos de visado cuando corresponda.

Silencio administrativo positivo, en visado nómada digital

Por I. Cruz Guillen

El plazo establecido para que la Unidad de Gestión de Extranjería (UGE) responda a una solicitud es de 20 días hábiles a partir de su presentación.
Si al término de estos 20 días la UGE no emite una respuesta, se considera que la autorización solicitada ha sido concedida automáticamente mediante silencio administrativo positivo.

Denegaciones de visados

Por I. Cruz Guillen

Denegaciones de visados ,hoy en día, muchas personas desean venir a España, ya sea como turistas, residentes, trabajadores o estudiantes. Para cualquier ciudadano extranjero de fuera de la Unión Europea, es indispensable obtener un visado de residencia, trabajo o estudios para poder vivir legalmente en España.
En estos casos, es fundamental cumplir con los requisitos específicos establecidos para cada tipo de visado. Sin embargo, puede ocurrir que, si no se cumplen todos los requisitos, el visado sea denegado. ¿Qué podemos hacer ante una situación así?